Aguas internacionales

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Este artículo trata sobre las aguas fuera de las jurisdicciones nacionales. Para el podcast de comedia, consulte Aguas internacionales (podcast). "Mare liberum" y "Alta mar" vuelven a dirigir aquí. Para el libro de 1609 de Hugo Grotius, véase Mare Liberum. Para otros usos, consulte Alta mar (desambiguación).

Las aguas internacionales son las áreas que se muestran en azul oscuro en este mapa, es decir, fuera de las zonas económicas exclusivas que están en azul claro.

Los términos aguas internacionales o aguas transfronterizas se aplican cuando cualquiera de los siguientes tipos de cuerpos de agua (o sus cuencas de drenaje ) trascienden las fronteras internacionales: océanos, grandes ecosistemas marinos, mares y estuarios regionales cerrados o semicerrados, ríos, lagos, sistemas de aguas subterráneas ( acuíferos ) y humedales.

“Aguas internacionales” no es un término definido en el derecho internacional. Es un término informal, que con mayor frecuencia se refiere a las aguas más allá del "mar territorial" de cualquier país. En otras palabras, "aguas internacionales" se utiliza a menudo como sinónimo informal del término más formal alta mar o, en latín, mare liberum (que significa mar libre).

Las aguas internacionales (alta mar) no pertenecen a la jurisdicción de ningún estado, conocido bajo la doctrina del 'mare liberum'. Los estados tienen derecho a la pesca, la navegación, el sobrevuelo, el tendido de cables y tuberías, así como la investigación científica.

La Convención sobre alta mar, firmada en 1958, que cuenta con 63 signatarios, definió "alta mar" como "todas las partes del mar que no están incluidas en el mar territorial o en las aguas interiores de un Estado" y donde "no El Estado puede pretender válidamente someter cualquier parte de ellos a su soberanía ". La Convención sobre alta mar se utilizó como base para la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR), firmada en 1982, que reconocía zonas económicas exclusivas que se extienden 200 millas náuticas (230 millas; 370 km) desde la línea de base. donde los Estados ribereños tienen derechos soberanos sobre la columna de agua y el fondo del mar, así como sobre los recursos naturales que allí se encuentran.

La alta mar constituye el 50% de la superficie del planeta y cubre más de dos tercios del océano.

Los barcos que navegan en alta mar generalmente están bajo la jurisdicción del estado del pabellón (si lo hay); sin embargo, cuando un barco está involucrado en ciertos actos criminales, como la piratería, cualquier nación puede ejercer jurisdicción bajo la doctrina de la jurisdicción universal. Las aguas internacionales se pueden contrastar con las aguas interiores, las aguas territoriales y las zonas económicas exclusivas.

La Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar también contiene, en su parte XII, disposiciones especiales para la protección del medio ambiente marino, que, en ciertos casos, permiten a los Estados del puerto ejercer jurisdicción extraterritorial sobre buques extranjeros en alta mar si violan las normas ambientales internacionales (adoptadas por la OMI ), como el Convenio MARPOL.

Contenido
  • 1 Vías navegables internacionales
  • 2 Controversias sobre aguas internacionales
  • 3 Acuerdos de aguas internacionales
    • 3.1 Acuerdos globales
    • 3.2 Acuerdos regionales
    • 3.3 Acuerdos específicos de masas de agua
  • 4 instituciones de aguas internacionales
    • 4.1 Instituciones de agua dulce
    • 4.2 Instituciones marinas
  • 5 Véase también
  • 6 Notas explicativas
  • 7 citas
  • 8 Enlaces externos

Vías navegables internacionales

Komárno en Eslovaquia es un puerto interior en el río Danubio, que es una importante vía fluvial internacional.

Varios tratados internacionales han establecido la libertad de navegación en mares semicerrados.

Otros tratados internacionales han abierto ríos, que tradicionalmente no son vías fluviales internacionales.

Controversias sobre aguas internacionales

Océano Atlántico: la principal zona de transporte marítimo en los siglos XV y XX. Ver también: Reclamaciones territoriales en las aguas territoriales del Ártico, el Paso del Noroeste y la Antártida australiana

Las disputas actuales no resueltas sobre si determinadas aguas son "aguas internacionales" incluyen:

  • El Océano Ártico: mientras que Canadá, Dinamarca, Rusia y Noruega consideran partes de los mares del Ártico como aguas nacionales o aguas internas, la mayoría de los países de la Unión Europea y Estados Unidos consideran oficialmente toda la región como aguas internacionales. El paso del noroeste a través del archipiélago ártico canadiense es uno de los ejemplos más destacados, con Canadá reclamándolo como aguas internas, mientras que Estados Unidos y la Unión Europea lo consideran un estrecho internacional.
  • El Océano Austral : Australia reclama una zona económica exclusiva (ZEE) alrededor de su reclamo territorial antártico. Dado que este reclamo solo es reconocido por otros cuatro países, el reclamo de la ZEE también se disputa.
  • Área alrededor de Okinotorishima : Japón afirma que Okinotorishima es un islote y, por lo tanto, debería tener una ZEE a su alrededor, pero algunos países vecinos afirman que es un atolón y, por lo tanto, no debería tener una ZEE.
  • Mar de China Meridional : Consulte las disputas territoriales en el Mar de China Meridional. Algunos países consideran (al menos parte de) el Mar de China Meridional como aguas internacionales, pero este punto de vista no es universal. En particular, China, que se opone a cualquier sugerencia de que los Estados ribereños podrían verse obligados a compartir los recursos de la zona económica exclusiva con otras potencias que históricamente habían pescado allí, reclama derechos históricos sobre los recursos de las zonas económicas exclusivas de todos los demás Estados ribereños en el país. Mar del Sur de China.

Además de las disputas formales, el gobierno de Somalia ejerce poco control de facto sobre las aguas territoriales de Somalia. En consecuencia, se ha producido mucha piratería, vertido ilegal de desechos y pesca sin permiso.

Acuerdos de aguas internacionales

Límites de jurisdicción y soberanía nacionales
Espacio exterior (incluidas las órbitas de la Tierra, la Luna y otros cuerpos celestes y sus órbitas)
espacio aéreo nacional aguas territoriales espacio aéreo espacio aéreo de la zona contigua espacio aéreo internacional
superficie del territorio terrestre superficie de aguas internas superficie de aguas territoriales superficie de la zona contigua Superficie Zona Económica Exclusiva superficie de aguas internacionales
aguas internas aguas territoriales zona económica exclusiva aguas internacionales
territorio terrestre subterráneo superficie de la plataforma continental superficie extendida de la plataforma continental superficie de los fondos marinos internacionales
plataforma continental subterránea plataforma continental extendida subterránea subterráneo internacional de los fondos marinos
  plena jurisdicción y soberanía nacional   restricciones a la jurisdicción y soberanía nacionales   jurisdicción internacional por patrimonio común de la humanidad

Acuerdos globales

Acuerdos regionales

Mapa que muestra las partes del Convenio de Barcelona.

Al menos diez convenciones están incluidas en el Programa de mares regionales del PNUMA, que incluyen:

  1. la costa atlántica de África occidental y central
  2. el Pacífico nororiental (Convención de Antigua)
  3. el Mediterráneo ( Convenio de Barcelona )
  4. el Gran Caribe (Convenio de Cartagena)
  5. el Pacífico Suroriental
  6. el Pacífico Sur (Convención de Numea)
  7. la costa de África Oriental
  8. la región de Kuwait (Convenio de Kuwait)
  9. el Mar Rojo y el Golfo de Adén (Convención de Jeddah)

El Convenio de Helsinki de 1992 sobre la protección y el uso de cursos de agua transfronterizos y lagos internacionales ( CEPE / Convenio del Agua de Helsinki) se ocupa de los problemas regionales del agua dulce.

Acuerdos específicos de masas de agua

  • Mar Báltico ( Convenio de Helsinki sobre la protección del medio marino de la zona del mar Báltico, 1992)
  • Mar Negro (Convención de Bucarest)
  • Mar Caspio (Convenio Marco para la Protección del Medio Marino del Mar Caspio)
  • Lago Tanganica (Convención para la Gestión Sostenible del Lago Tanganica)

Instituciones de aguas internacionales

Instituciones de agua dulce

Instituciones marinas

Ver también

Notas explicatorias

Citas

enlaces externos

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