La política de visados del espacio Schengen la establece la Unión Europea y se aplica al espacio Schengen y a otros estados miembros de la UE excepto Irlanda. La política de visas permite a los nacionales de ciertos países ingresar al espacio Schengen por aire, tierra o mar sin visa para estadías de hasta 90 días dentro de un período de 180 días. Los nacionales de algunos otros países deben tener una visa al llegar o en tránsito.
El espacio Schengen está formado por 22 estados miembros de la UE y cuatro países no pertenecientes a la UE que son miembros de la EFTA : Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza. Bulgaria, Croacia, Chipre y Rumanía, aunque son miembros de la UE, todavía no forman parte del espacio Schengen pero, no obstante, tienen una política de visados que se basa parcialmente en el acervo de Schengen.
Irlanda ha optado por salirse del Acuerdo de Schengen y, en cambio, opera su propia política de visados, al igual que ciertos territorios de ultramar de los estados miembros de Schengen.
Los nacionales de los países del mercado único de la UE no solo están exentos de visado, sino que tienen derecho legal a entrar y residir en los países de los demás. Sin embargo, su derecho a la libertad de circulación en los países de cada uno de ellos puede estar limitado en un número reservado de situaciones, según lo prescrito por los tratados de la UE.
Reglas para la libertad de movimiento |
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La Directiva 2004/38 / CE define el derecho de libre circulación de los ciudadanos del Espacio Económico Europeo (EEE), que incluye a la Unión Europea (UE) y tres miembros de la Asociación Europea de Libre Comercio (EFTA), Islandia, Noruega y Liechtenstein. Suiza, que es miembro de la AELC pero no del EEE, no está vinculada por la Directiva, sino que tiene un acuerdo bilateral separado sobre la libre circulación con la UE. La libertad de movimiento entre Suiza y los demás países de la AELC ocurre de acuerdo con la convención de la AELC. Todos estos países componen el mercado único de la UE. Los nacionales de todos los Estados del mercado único de la UE que tengan un pasaporte válido, una tarjeta de pasaporte o una tarjeta de identidad nacional pueden entrar, residir y trabajar en el territorio de los demás sin necesidad de visado. Si no pueden presentar un pasaporte válido o un documento nacional de identidad en la frontera, deben tener, no obstante, todas las oportunidades razonables para obtener los documentos necesarios o hacer que se los traigan dentro de un período de tiempo razonable o corroborar o probar por otros medios que están cubiertos por el derecho a la libre circulación. Sin embargo, los Estados del mercado único de la UE pueden denegar la entrada a cualquier mercado único nacional de la UE por motivos de orden público, seguridad pública o salud pública cuando la persona presente una "amenaza real, presente y suficientemente grave que afecte a uno de los intereses fundamentales de la sociedad". Si la persona ha obtenido la residencia permanente en el país donde se solicita la entrada (un estado que normalmente se obtiene después de 5 años de residencia), el estado miembro solo puede expulsar a la persona por motivos graves de orden público o seguridad pública. Cuando la persona ha residido durante 10 años o es menor de edad, el estado miembro solo puede expulsar a la persona por razones imperativas de seguridad pública (y, en el caso de menores, si la expulsión es necesaria en el interés superior del niño, según lo dispuesto). para en la Convención sobre los Derechos del Niño ). La expulsión por motivos de salud pública debe estar relacionada con enfermedades con "potencial epidémico" que hayan ocurrido menos de 3 meses después de la fecha de llegada de la persona al estado miembro donde se solicita la entrada. |
Debido a la pandemia de COVID-19, el 16 de marzo de 2020 la Comisión Europea emitió una recomendación a todos los estados miembros de la UE y Schengen para introducir una restricción temporal a la entrada de nacionales de terceros países (es decir, viajeros que no pertenecen a la UE / EEE / Suiza / Ciudadanos británicos y miembros de la familia con derecho a la libre circulación ) al espacio Schengen para viajes no esenciales durante un período inicial de 30 días (con la posible prolongación de este período que se evaluará en función de los desarrollos posteriores). Sin embargo, los nacionales de terceros países que sean titulares de visados de larga duración o permisos de residencia o que sean miembros de la familia de ciudadanos de la UE / EEE / Suiza / Gran Bretaña están exentos de esta restricción. Además, los nacionales de terceros países 'con una función o necesidad esencial' (como trabajadores sanitarios, personal de transporte, trabajadores humanitarios, personal militar, trabajadores agrícolas estacionales), pasajeros en tránsito, aquellos que viajan 'por razones familiares imperativas' y necesidad de protección internacional o por otras razones humanitarias 'están exentos de esta restricción. No obstante, la Comisión Europea reiteró que deberían realizarse "controles sanitarios coordinados y reforzados" a todos los viajeros a los que se les permita entrar en la UE y el Espacio Schengen. Todos los estados miembros de la UE (excepto Irlanda) y Schengen están aplicando esta restricción de viaje.
Además, el 30 de marzo de 2020, la Comisión Europea publicó una `` Guía sobre la implementación de la restricción temporal de los viajes no esenciales a la UE, sobre la facilitación de los acuerdos de tránsito para la repatriación de ciudadanos de la UE y sobre los efectos en la política de visados ''. con el fin de proporcionar "consejos e instrucciones prácticas". La Guía establece que los Estados miembros pueden tomar medidas (como exigir a los no nacionales que se sometan a un período de autoaislamiento si llegan de un territorio afectado por COVID-19), siempre que se impongan los mismos requisitos a sus propios nacionales. La Orientación también aclara que los ciudadanos de los microestados europeos (Andorra, la Santa Sede, Mónaco y San Marino) están exentos de la restricción temporal a la entrada de nacionales de terceros países a la Unión Europea y al Espacio Schengen para fines no esenciales. viaje. Además, a los ciudadanos de Serbia, Macedonia del Norte, Montenegro y Turquía se les debe permitir la entrada a la Unión Europea y al Espacio Schengen si están varados en el extranjero para facilitar la repatriación a su país de origen.
A los nacionales de terceros países (no cubiertos por una de las exenciones de la restricción temporal de entrada por motivos no esenciales) que deseen entrar en el espacio Schengen se les negará la entrada en el paso fronterizo exterior y recibirán un formulario de denegación de entrada ( con el motivo de la denegación marcado como "I", es decir, una amenaza para la salud pública), así como un sello de pasaporte cancelado con una cruz indeleble en tinta negra y la letra "I" en el lado derecho.
Los nacionales de terceros países (incluidos los nacionales exentos de visado del `` anexo II '') que estén `` obligados '' a permanecer más allá de su período de estancia original (en la mayoría de los casos, 90 días) pueden obtener un visado nacional de larga duración o un permiso de residencia temporal. También se alienta a los estados miembros de Schengen a que renuncien a cualquier sanción administrativa o penalización a los nacionales de terceros países que se queden más tiempo debido a restricciones de viaje que obstaculizan su capacidad para salir del espacio Schengen.
El 8 de abril de 2020, la Comisión Europea invitó a la UE y a los Estados miembros de Schengen a ampliar la restricción a la entrada de nacionales de terceros países para viajes no esenciales por un período adicional de 30 días hasta el 15 de mayo de 2020. El 8 de mayo de 2020, la Unión Europea La Comisión volvió a invitar a los Estados miembros a extender la restricción por otros 30 días hasta el 15 de junio de 2020. El 11 de junio de 2020, la Comisión Europea recomendó a los Estados miembros que prolongaran la restricción a la entrada de nacionales de terceros países para viajes no esenciales hasta el 30 de junio de 2020..
Desde 2001, la Unión Europea ha publicado una lista de países cuyos ciudadanos necesitan visado ( Anexo I) y una lista de los que no ( Anexo II). Las dos listas también son adoptadas por Bulgaria, Croacia, Chipre y Rumanía, aunque los cuatro países todavía no forman parte del espacio Schengen.
Los ciudadanos de los siguientes 63 países y territorios que posean pasaportes ordinarios pueden ingresar al Área Schengen, Bulgaria, Croacia, Chipre y Rumania sin visa, para estadías cortas (generalmente 90 días dentro de un período de 180 días):
Fecha de cambios de visa |
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Cancelado:
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Normas para los nacionales del anexo II |
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Para poder entrar en el espacio Schengen, Bulgaria, Croacia, Chipre o Rumanía, los ciudadanos del anexo II anterior deben:
Los ciudadanos del Anexo II anterior pueden ingresar al Área Schengen en su conjunto por placer o por negocios sin la necesidad de solicitar una visa por un máximo de 90 días en cualquier período de 180 días (lo que implica considerar el período de 180 días anterior a cada día). de estancia). Esto no se aplica a los nacionales de aquellos países que han celebrado acuerdos de exención de visado con la UE: Antigua y Barbuda, Las Bahamas, Barbados, Brasil, Saint Kitts y Nevis, Mauricio y Seychelles, con respecto a los cuales la antigua definición de 3 meses durante un período de 6 meses después de la fecha de la primera entrada sigue aplicándose. El tiempo que un ciudadano del anexo II pase en el espacio Schengen con una visa de larga duración o un permiso de residencia no cuenta para el límite del período de exención de visa de 90 días. Los ciudadanos australianos y neozelandeses disfrutan de una política de visas más liberal, y ambos gobiernos han firmado acuerdos de visado bilaterales con países individuales de Schengen. Australianos los ciudadanos pueden pasar hasta 90 días en cada uno de Austria, Bélgica, Dinamarca, Finlandia, Francia, Alemania, Islandia, Italia, Luxemburgo, Holanda, Noruega y Suecia, sin referencia al tiempo pasado en otros países firmantes de Schengen. Nueva Zelanda ciudadanos pueden pasar hasta 90 días en cada uno de Austria, Bélgica, República Checa, Dinamarca, Finlandia, Francia, Alemania, Grecia, Islandia, Italia, Luxemburgo, Holanda, Noruega, Portugal, España, Suecia y Suiza (así como Hungría si lo visita como el destino final de Schengen) sin hacer referencia al tiempo pasado en otros estados signatarios de Schengen, pero si viaja a otros países de Schengen, se aplica el límite de tiempo de 90 días en cualquier período de 180 días. Además, por encima del marco de la exención de visa Schengen de 90 días en cualquier período de 180 días, los ciudadanos argentinos, chilenos, costarricenses, israelíes, malasios, surcoreanos y uruguayos pueden pasar 3 meses adicionales por período de 6 meses. sin visado en la República Checa, independientemente del tiempo pasado en otros países Schengen. Además, el antiguo método de calcular la duración de la estadía sin visa (es decir, 3 meses dentro de 6 meses en lugar de 90 días en cualquier período de 180 días) todavía se aplica a los nacionales de Guatemala, Honduras, México, Nicaragua, Panamá y Paraguay en la República Checa. De manera similar, por encima del marco de la exención de visa Schengen de 90 días en cualquier período de 180 días, los ciudadanos canadienses, chilenos, israelíes, japoneses, malasios, singapurenses, surcoreanos y estadounidenses pueden pasar un período adicional de visa de 90 días. gratis en Dinamarca. Además de la exención de visa Schengen de 90 días en cualquier período de 180 días, argentino, australiano, brasileño, bruneano, canadiense, chileno, costarricense, El Salvador, Guatemala, hondureño, israelí, japonés, malayo, mexicano, nicaragüense, panameño Los ciudadanos paraguayos, singapurenses, surcoreanos, estadounidenses, uruguayos y venezolanos pueden pasar un período adicional de 90 días sin visa en Noruega. Además, por encima del marco de la exención de visa Schengen de 90 días en cualquier período de 180 días, los argentinos, chilenos, costarricenses, hondureños, israelíes, japoneses, malasios, mexicanos, nicaragüenses, panameños, singapurenses, surcoreanos, estadounidenses y Los ciudadanos uruguayos pueden pasar un período adicional de 90 días sin visa en Polonia. Todos los nacionales del anexo II también pueden entrar en Bulgaria, Croacia, Chipre y Rumanía sin visado durante un máximo de 90 días en un período de 180 días en cada uno de estos países. Las restricciones de tiempo sin visado para cada uno de estos países se calculan por separado (además de ser independientes de la restricción de tiempo sin visado del Espacio Schengen ). Aunque todos los nacionales del Anexo II pueden entrar en los países Schengen, Bulgaria, Croacia, Chipre y Rumanía sin visado por placer o por negocios, los países individuales pueden decidir imponer un requisito de visado a aquellos que deseen entrar a trabajar (es decir, para realizar un ' actividad remunerada '). La tabla al final del artículo indica qué países individuales permiten que los nacionales del Anexo II trabajen durante su estadía sin visa. El acceso a la exención de visado para los nacionales del anexo II de Albania, Bosnia y Herzegovina, Georgia, Macedonia del Norte, Moldavia, Montenegro, Serbia y Ucrania solo se aplica a los titulares de pasaportes biométricos. El acceso a la exención de visado no se aplica a los titulares de pasaportes emitidos por la Dirección de Coordinación de Serbia, que emite pasaportes serbios en Kosovo. La exención de visa para los ciudadanos de Nueva Zelanda también se aplica a los habitantes de las Islas Cook, Niue y Tokelau, ya que también usan pasaportes de Nueva Zelanda. La exención de visa para Taiwán se aplica solo a los titulares de pasaportes taiwaneses con sus números de identificación personal estipulados en sus respectivos pasaportes. Taiwán emite pasaportes sin números de identificación a algunas personas que no tienen derecho a residir en Taiwán, incluidos los ciudadanos sin registro familiar y ciertas personas de Hong Kong, Macao y China continental. Las exenciones de visa otorgadas por la Unión Europea e Irlanda a los titulares de pasaportes de Taiwán no han alterado el no reconocimiento de Taiwán como país soberano por parte de los estados miembros de la Unión Europea. Por esta razón, "Taiwán" figura en el Anexo II de la Comisión Europea bajo el título "entidades y autoridades territoriales que no están reconocidas como estados por al menos un estado miembro". Las etiquetas de los Estados miembros individuales pueden diferir, por ejemplo, Bulgaria lo enumera como "China, Taipei", y en un momento Rumania lo enumera bajo el título "Regiones administrativas especiales de la República Popular de China", aunque Rumania luego ajustó su clasificación para reflejar la designación de la UE. |
Reglas relativas a la actividad pagada durante la estadía sin visa |
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Según una tabla compilada por la Comisión Europea, algunos países Schengen permiten que ciertos ciudadanos trabajen durante su estadía sin visa:
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Los titulares de una visa de larga duración o un permiso de residencia emitido por un estado Schengen o Mónaco también pueden viajar a otros estados Schengen, sin una visa adicional, para una estadía de hasta 90 días en cualquier período de 180 días. Las visas de corta duración emitidas por un estado Schengen también son válidas para todos los demás estados Schengen a menos que se indique lo contrario.
Los titulares de una visa (incluso si se limita a un país específico) o un permiso de residencia emitido por un estado Schengen, Mónaco, Bulgaria, Croacia, Chipre o Rumania también pueden viajar a Bulgaria, Croacia, Chipre y Rumania sin una visa adicional, para una estadía de hasta 90 días en cualquier período de 180 días (excepto los nacionales de Turquía y Azerbaiyán que viajen a Chipre, que aún necesitan una visa chipriota). Sin embargo, los visados y permisos de residencia emitidos por Bulgaria, Croacia, Chipre o Rumanía no son válidos para viajar al espacio Schengen.
Las personas de cualquier nacionalidad que sean miembros de la familia de nacionales del mercado único de la UE y estén en posesión de una tarjeta de residencia que indique su estado están exentas del requisito de tener un visado al entrar en el mercado único de la UE cuando acompañen a su familiar del mercado único de la UE o están buscando unirse a ellos.
Normas para los miembros de la familia de los nacionales del mercado único de la UE |
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Una persona puede ingresar y permanecer en cada estado miembro de Schengen por hasta 90 días sin visa si él / ella:
Los titulares de una tarjeta de residencia de un miembro de la familia de un ciudadano de la Unión emitida por un estado miembro de Schengen pueden viajar a otro estado miembro de Schengen sin una visa, independientemente de si viajan de forma independiente o acompañan o se unen a su familia ciudadana de la UE / EEE / Suiza miembro. Sin embargo, los titulares de una tarjeta de residencia de un miembro de la familia de un ciudadano de la Unión emitida por Bulgaria, Croacia, Chipre, Irlanda y el Reino Unido pueden viajar al espacio Schengen sin una visa solo si acompañan o se unen a su ciudadano de la UE / EEE / Suiza. miembro de la familia. Un miembro de la familia de un nacional del mercado único de la UE que cumpla las condiciones anteriores también puede entrar en Bulgaria, Croacia, Chipre y Rumanía y permanecer hasta 90 días en cada país. En teoría, un miembro de la familia de un nacional del mercado único de la UE que no cumpla con las condiciones anteriores no tiene que solicitar una visa por adelantado y, en cambio, puede obtener una visa a su llegada al punto de control fronterizo de un país Schengen, Bulgaria, Croacia., Chipre o Rumania presentando evidencia de la relación familiar. |
Normas para los escolares residentes en el mercado único de la UE |
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Un alumno que no sea ciudadano del mercado único de la UE, pero que resida legalmente en el mercado único de la UE, puede entrar en el espacio Schengen, Bulgaria, Croacia, Chipre y Rumanía sin visado para una estancia corta o tránsito si:
Aunque un alumno de escuela que cumpla todas las condiciones anteriores está exento de tener que obtener una visa para ingresar al Espacio Schengen, Bulgaria, Croacia, Chipre y Rumania, debe tener un documento de viaje válido. Sin embargo, está exento de tener que llevar un documento de viaje válido si:
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Normas para escolares residentes en países y territorios del Anexo II |
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Los escolares que viajen en el contexto de una excursión escolar como miembros de un grupo de escolares acompañados por un profesor de la escuela en cuestión que residan en un país / territorio del Anexo II, pero que tengan la nacionalidad de un país / territorio del Anexo I, son Concedida la entrada sin visado a Chipre (se requiere un visado colectivo nacional), Alemania, Malta, Polonia, Eslovaquia y Suecia (menores de 18 años). Además, a los que residen en el Reino Unido también se les concede la entrada sin visado a Bélgica, Dinamarca, Francia, Italia, Luxemburgo y los Países Bajos. Los alumnos de la escuela (de cualquier nacionalidad y residentes en cualquier país) que requieran una visa para el Área Schengen, Bulgaria, Croacia, Chipre o Rumanía y que estén de visita con fines de estudio y / o formación educativa no deben pagar la tarifa de solicitud de visa (pero todavía están obligados a presentar los documentos justificativos pertinentes). |
Reglas para refugiados y apátridas |
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Según una tabla compilada por la Comisión Europea, algunos países Schengen otorgan entrada sin visa a refugiados o apátridas que residen en Irlanda o en un país / territorio del Anexo II:
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Actualmente existen acuerdos de regulación del tráfico fronterizo menor con Bielorrusia (con Letonia desde 2011), Moldavia (con Rumania desde 2010), Rusia (con Noruega desde 2012, con Letonia desde 2013 y Polonia 2012-2016) y Ucrania (con Hungría y Eslovaquia desde 2008, Polonia desde 2009 y Rumanía desde 2015). El acuerdo entre Croacia y Bosnia y Herzegovina está pendiente de ratificación, pero se aplica con carácter provisional.
Normas para los titulares de permisos de tráfico fronterizo menor |
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Los países Schengen están autorizados en virtud del reglamento de la UE no 1931/2006 para celebrar acuerdos bilaterales con terceros países vecinos para introducir un sistema de permisos de tráfico fronterizo menor. Dichos permisos son un tipo de visa de entrada múltiple en forma de una etiqueta de pasaporte o una tarjeta que contiene el nombre y la foto del titular, así como una declaración de que su titular no está autorizado a moverse fuera del área fronteriza y que cualquier abuso será sujeto a sanciones. La zona fronteriza puede incluir cualquier distrito administrativo dentro de los 30 kilómetros de la frontera exterior (y, si algún distrito se extiende más allá de ese límite, todo el distrito hasta 50 kilómetros de la frontera). El solicitante del permiso debe demostrar razones legítimas para cruzar con frecuencia una frontera terrestre exterior bajo el régimen de tráfico fronterizo menor. La validez del permiso puede ser de hasta cinco años. Los titulares de permisos de tráfico fronterizo menor pueden pasar hasta 3 meses cada vez que ingresan al área fronteriza del país Schengen que ha emitido el permiso (este límite de tiempo es mucho más generoso que los '90 días en un período de 180 días ' concedida normalmente a los nacionales de terceros países que visitan el espacio Schengen). En Hungría, Polonia, Rumanía y Eslovaquia se ha implementado un sistema de permisos de tráfico fronterizo menor para los nacionales de Ucrania, se está implementando o negociando en Polonia y Lituania con respecto a Bielorrusia y Rusia (área de Kaliningrado), y también se ha implementado en una zona fronteriza de 30 km. entre Noruega y Rusia en 2012. Véase el espacio Schengen # Tráfico fronterizo local en las fronteras exteriores. También existe una tendencia a permitir más y más visas de entrada múltiple de un año a los rusos, especialmente a Finlandia. Hay planes en la UE para permitir hasta 5 años de validez en las visas de entrada múltiple para rusos, en parte para aliviar la carga de trabajo en las embajadas. |
No existen listas de visas comunes para los titulares de pasaportes diplomáticos, de servicio y otros pasaportes oficiales. Los estados aún pueden mantener diferentes políticas sobre estos.
Exenciones de visa mantenidas exclusivamente para pasaportes diplomáticos, oficiales y de servicio |
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Los titulares de pasaportes diplomáticos y oficiales / de servicio de los países del Anexo II (enumerados anteriormente) no necesitan visa, excepto para:
Además, los titulares de pasaportes diplomáticos y oficiales / de servicio de los siguientes países no necesitan visa para:
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En general, un pasajero que transita por un solo aeropuerto en el área Schengen, Bulgaria, Croacia, Chipre y Rumanía mientras permanece en la zona de operaciones en el área de tránsito internacional menos de un día no requerirá una visa ( privilegio de tránsito). Esto solo se aplica si la transferencia es posible sin salir del área de tránsito internacional, que depende del vuelo de conexión y el diseño del aeropuerto.
Sin embargo, el 5 de abril de 2010, la Unión Europea introdujo requisitos comunes de visado para el tránsito aeroportuario. Los nacionales de los siguientes 12 países deben tener una visa de tránsito aeroportuario (ATV) cuando transiten por cualquier aeropuerto en el área Schengen, Bulgaria, Croacia, Chipre o Rumania, incluso si permanecen en la zona de operaciones:
Sin embargo, los nacionales de los países mencionados están exentos de visas de tránsito aeroportuario si tienen una visa o un permiso de residencia emitido por un país del mercado único de la UE, Andorra, Canadá, Japón, Mónaco, San Marino o los Estados Unidos, son miembros de la familia de una UE. nacional del mercado único, titular de pasaporte diplomático o tripulación de vuelo.
Además, los países Schengen individuales pueden imponer requisitos de visado de tránsito aeroportuario para los ciudadanos de otros países en casos urgentes de afluencia masiva de inmigrantes ilegales. Por ejemplo, los ciudadanos de Siria necesitan vehículos todo terreno para muchos países Schengen, pero no todos.
Nacionalidades adicionales (con pasaportes ordinarios) requeridas para tener un ATV en algunos países Schengen |
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Las visas Schengen pueden ser emitidas por cualquier estado miembro del espacio Schengen. Los viajeros deben solicitarlo en la embajada o consulado del país que pretenden visitar. En los casos de viajeros que visiten varios países en el Área Schengen, los viajeros deben presentar una solicitud en la embajada o consulado de su destino principal. Si no se puede determinar el destino principal, el viajero debe solicitar la visa en la embajada del estado miembro de Schengen de primera entrada. A menudo, determinadas misiones diplomáticas contratan a proveedores de servicios externos para procesar, recoger y devolver las solicitudes de visado.
Las solicitudes de visado Schengen no pueden presentarse más de seis meses antes de la fecha propuesta de entrada al espacio Schengen. Las embajadas de todos los países pueden requerir que los solicitantes proporcionen identificadores biométricos (diez huellas dactilares y una fotografía digital) como parte del proceso de solicitud de visa que se almacenará en el Sistema de Información de Visas (VIS). Los identificadores biométricos no se recopilan de niños menores de 12 años. Los viajeros que soliciten una visa Schengen por primera vez deben solicitarla en persona y están sujetos a una entrevista por parte de los funcionarios consulares. Si se han proporcionado identificadores biométricos en los últimos 59 meses, es posible que no se exija al solicitante que vuelva a proporcionar identificadores biométricos. Siempre que la solicitud de visa sea admisible y no haya problemas con la solicitud, se debe tomar una decisión dentro de los 15 días naturales siguientes a la fecha de presentación de la solicitud.
La tasa de solicitud estándar para una visa Schengen es de 80 EUR. Hay una tasa de solicitud reducida de 40 EUR para niños de 6 a 12 años. La tasa de solicitud de visa puede eximirse o reducirse para 'promover intereses culturales o deportivos, intereses en el campo de la política exterior, la política de desarrollo y otras áreas de interés público vital, o por razones humanitarias o por obligaciones internacionales ”. Cuando se envía una solicitud a un proveedor de servicios externo, es posible que deba pagar una tarifa de servicio adicional.
Las visas Schengen son válidas para cualquier país del espacio Schengen a menos que se indique lo contrario. Bulgaria, Croacia, Chipre y Rumanía también aceptan visas Schengen (incluso si se limitan a un país específico), así como visas emitidas entre sí, para estancias de hasta 90 días en un período de 180 días (excepto para ciudadanos de Turquía y Azerbaiyán viajando a Chipre). Sin embargo, los visados emitidos por Bulgaria, Croacia, Chipre o Rumanía no son válidos para viajar al espacio Schengen.
El Convenio de Schengen y el Código de fronteras de Schengen permiten a los Estados miembros exigir a los nacionales de terceros países que informen de su presencia en una comisaría de policía dentro de los 3 días hábiles posteriores al cruce de una frontera interna. Este requisito varía según el país y, por lo general, lo pueden realizar los hoteles.
La UE ha celebrado acuerdos de facilitación de visados con varios países, que permiten procedimientos simplificados para la emisión de visados tanto para ciudadanos de la UE como para nacionales de países socios. Los procedimientos facilitados incluyen tiempos de procesamiento de visas más rápidos, tarifas reducidas o nulas y una lista reducida de documentos de respaldo. Estos acuerdos también están vinculados a acuerdos de readmisión que permiten el regreso de personas que residen irregularmente en la UE.
Acuerdos de facilitación de visas | |
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País | Entrada en vigor |
![]() | 2008 |
![]() | 2014 |
![]() | 2014 |
![]() | 2020, 1 de julio |
![]() | 2008 |
![]() | 2014 |
![]() | 2011 |
![]() | 2013 |
![]() | 2008 |
![]() | 2008 |
![]() | 2008 |
![]() | 2007 |
![]() | 2013 |
En casos excepcionales, se pueden emitir visados Schengen de entrada única válidos por hasta 15 días a la llegada a la frontera. Estas visas están reservadas para personas que puedan demostrar que no pudieron solicitar una visa con anticipación debido a limitaciones de tiempo que surgen por razones 'imprevisibles' e 'imperativas' siempre que cumplan con los criterios regulares para la emisión de una visa Schengen.. Sin embargo, si la persona que solicita un visado Schengen en la frontera pertenece a una categoría de personas para las que es necesario consultar a una o más de las autoridades centrales de otros Estados Schengen, solo se le podrá expedir un visado en la frontera en casos excepcionales. por motivos humanitarios, por motivos de interés nacional o por obligaciones internacionales (como la muerte o enfermedad grave repentina de un familiar cercano o de otra persona cercana). En 2017, se emitieron alrededor de 89.000 visas Schengen a viajeros al llegar a la frontera. La aerolínea puede negar el embarque a las personas que intenten viajar de esta manera al espacio Schengen debido a la responsabilidad de la aerolínea, lo que penaliza a las aerolíneas si transportan pasajeros que no tienen la documentación correcta.
En casos excepcionales, los estados Schengen pueden emitir visas con validez territorial limitada (LTV), ya sea nombrando específicamente el estado o los estados para los que es válido o, a la inversa, el estado o los estados para los que no es válido. Los titulares de visas LTV solo pueden viajar a los estados Schengen para los que es válida, así como a Bulgaria, Croacia, Chipre y Rumanía.
De acuerdo con el Código de Visas de Schengen, los estados miembros pueden emitir visas LTV cuando un consulado lo considere justificado para superar la limitación de tres meses en seis meses, cuando un estado miembro lo considere necesario debido a circunstancias apremiantes para derogar las condiciones de entrada establecidas por Schengen. Código de Fronteras, para superar objeciones de otros Estados miembros, o en casos de urgencia.
Las visas Schengen solo se emiten en documentos de viaje de los estados miembros de la ONU, Kosovo, Palestina, Taiwán, Ciudad del Vaticano, la Orden de Malta y ciertas organizaciones internacionales ( Consejo de Europa, UE, OTAN, Cruz Roja, ONU ). Bélgica y Francia también aceptan el pasaporte de Somalilandia. Los pasaportes de Abjasia, Artsaj, el norte de Chipre, Osetia del Sur, Transnistria y el Sahara Occidental no son aceptadas.
La mayoría de las visas Schengen se emitieron a solicitantes ubicados en los países que se enumeran a continuación (enumerados si se emitieron más de 100,000 visas en el año más reciente). Los solicitantes no eran necesariamente ciudadanos de estos países.
Aplicaciones de | 2018 | 2017 | 2016 | 2015 | ||||||||
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Visas emitidas | Tasa de rechazo | Proporción de visas de entrada múltiple | Visas emitidas | Tasa de rechazo | Proporción de visas de entrada múltiple | Visas emitidas | Tasa de rechazo | Proporción de visas de entrada múltiple | Visas emitidas | Tasa de rechazo | Proporción de visas de entrada múltiple | |
![]() | 3.631.320 | 1,6% | 82,9% | 3.826.151 | 1,4% | 83,8% | 3,134,413 | 1,2% | 80,6% | 3.415.432 | 1,3% | 68,1% |
![]() | 2.707.867 | 3,7% | 33,9% | 2,447,041 | 3,3% | 33,0% | 2,110,103 | 3,1% | 33,9% | 2.308.591 | 2,8% | 18,3% |
![]() | 974,674 | 9,3% | 60,7% | 837,109 | 8.5% | 57,9% | 724,110 | 8,2% | 57,4% | 659.038 | 6,5% | 44,5% |
![]() | 799,903 | 8.5% | 72,6% | 903,644 | 6,5% | 73,7% | 890,776 | 4,4% | 75,8% | 862,184 | 3,9% | 59,0% |
![]() | 676,984 | 0,3% | 83,4% | 710,504 | 0,3% | 81,4% | 693,395 | 0,3% | 80,3% | 753,937 | 0,3% | 66,3% |
![]() | 528,639 | 18,0% | 41,4% | 513,643 | 15,3% | 43,0% | 466,516 | 13,1% | 43,2% | 426,530 | 12,1% | 44,7% |
![]() | 384,420 | 45,5% | 29,7% | 502,706 | 35,9% | 32,4% | 507,185 | 27,7% | 41,9% | 529,658 | 26,9% | 39,7% |
![]() | 322,004 | 7,6% | 84,1% | 307,355 | 5,4% | 80,9% | 325,600 | 3,5% | 88,8% | 351,395 | 2,4% | 80,7% |
![]() | 319,729 | 3,3% | 46,5% | 293,401 | 3,1% | 43,7% | 268,551 | 3,2% | 42,0% | 246.025 | 3,4% | 24,6% |
![]() | 266,834 | 1,5% | 65,3% | 258,424 | 1,4% | 61,6% | 245,070 | 2,0% | 54,0% | 239,201 | 2,6% | 41,7% |
![]() | 214,491 | 2,4% | 75,5% | 200,626 | 2,1% | 75,2% | 165,880 | 1,7% | 78,1% | 183,972 | 1,5% | 68,4% |
![]() | 205,425 | 1,8% | 57,1% | 195,950 | 1,4% | 56,5% | 172.045 | 1,1% | 54,0% | 142,447 | 1,0% | 50,1% |
![]() | 189.030 | 29,4% | 36,7% | 207,849 | 19,2% | 33,4% | 190,429 | 12,5% | 28,4% | 158,889 | 13,9% | 23,0% |
![]() | 186,250 | 18,2% | 40,9% | 170.996 | 16,5% | 42,7% | 168,267 | 14,5% | 45,3% | 155,454 | 14,1% | 40,4% |
![]() | 182.400 | 4,7% | 25,6% | 694,349 | 3,7% | 59,7% | 1.363.347 | 3,2% | 59,9% | 1,188,357 | 3,4% | 56,8% |
![]() | 174,059 | 17,9% | 55,5% | 167.685 | 16,5% | 54,3% | 172,822 | 12,1% | 57,9% | 192,812 | 12,0% | 46,2% |
![]() | 164,742 | 4,9% | 90,3% | 157,605 | 4,7% | 86,0% | 164.861 | 3,4% | 94,1% | 184.996 | 3,5% | 80,4% |
![]() | 159,861 | 8,2% | 62,8% | 157,825 | 7,0% | 60,6% | 135,533 | 7,0% | 55,6% | 124,071 | 5,8% | 51,9% |
![]() | 152,935 | 2,0% | 46,6% | 135,614 | 1,1% | 49,4% | 121,777 | 0,9% | 51,9% | 119,173 | 1,0% | 43,4% |
![]() | 149.575 | 4,8% | 27,2% | 147,458 | 3,7% | 25,4% | 121,488 | 2,5% | 24,7% | 140,964 | 1,9% | 18,9% |
![]() | 147,340 | 19,9% | 49,6% | 136,493 | 17,8% | 50,8% | 160.035 | 13,4% | 47,4% | 153,336 | 11,4% | 33,7% |
![]() | 133,225 | 12,1% | 47,1% | 133.633 | 9,1% | 51,7% | 126,315 | 7,5% | 53,2% | 116,986 | 10,5% | 48,6% |
![]() | 113.585 | 9,5% | 22,5% | 93,357 | 10,4% | 30,6% | 71,215 | 9,8% | 29,1% | 69,041 | 7,6% | 22,1% |
Total | 14,265,282 | 9,6% | 58,4% | 14,653,724 | 8,2% | 59,2% | 13,937,767 | 6,9% | 58,6% | 14,308,392 | 6,2% | 48,5% |
Estado emisor | 2018 | 2017 | 2016 | 2015 | ||||||||
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
Aplicaciones | Visas emitidas | Tasa de rechazo | Aplicaciones | Visas emitidas | Tasa de rechazo | Aplicaciones | Visas emitidas | Tasa de rechazo | Aplicaciones | Visas emitidas | Tasa de rechazo | |
![]() | 306,133 | 280,847 | 6,2% | 304,556 | 284,904 | 4,7% | 268,388 | 257,401 | 3,0% | 259,167 | 247,800 | 3,3% |
![]() | 219,827 | 173.598 | 16,8% | 231,437 | 184,792 | 16,0% | 219.687 | 179,357 | 15,3% | 239.500 | 197.495 | 14,0% |
![]() | 662,902 | 630,071 | 4,7% | 623,255 | 594,225 | 4,5% | 489,920 | 469,453 | 3,9% | 421,355 | 406,598 | 3,1% |
![]() | 164,003 | 149,744 | 7,0% | 152,467 | 141,353 | 6,3% | 145,143 | 133,702 | 5,7% | 123,951 | 115,469 | 5,1% |
![]() | 127,561 | 125,465 | 1,6% | 138,249 | 136,324 | 1,2% | 122,872 | 121,073 | 1,4% | 130,197 | 127,543 | 1,7% |
![]() | 769,049 | 751,358 | 1,7% | 827,520 | 814,047 | 1,1% | 550,046 | 539,127 | 1,5% | 784,286 | 771.997 | 1,2% |
![]() | 4.010.604 | 3.345.400 | 15,7% | 3.684.404 | 3,161,274 | 13,6% | 3,265,919 | 2.839.453 | 11,1% | 3,356,165 | 2,997,410 | 9,9% |
![]() | 2,056,296 | 1.838.775 | 9,1% | 2,049,055 | 1.857.770 | 7,6% | 2.004.235 | 1,853,655 | 6,1% | 2,022,870 | 1.872.322 | 5,6% |
![]() | 855,285 | 805,115 | 4,9% | 1.029.564 | 981,091 | 3,9% | 986,032 | 949,399 | 2,8% | 876,786 | 842,276 | 3,2% |
![]() | 228,793 | 210,827 | 7,8% | 263,940 | 249,393 | 5,3% | 295,226 | 284,586 | 3,5% | 290,798 | 282.305 | 2,8% |
![]() | 9.334 | 8.856 | 1,7% | 7.610 | 7.154 | 1,0% | 5.771 | 5.735 | 0,2% | 3.987 | 3.960 | 0,3% |
![]() | 1.844.140 | 1,703,912 | 7,4% | 1.850.260 | 1,703,693 | 7,7% | 1,806,938 | 1,676,207 | 7,0% | 2,023,343 | 1.898.065 | 5,5% |
![]() | 161,709 | 157,628 | 2,1% | 166.800 | 164,175 | 1,5% | 165,814 | 163,372 | 1,4% | 164.000 | 162,099 | 1,1% |
![]() | 353,059 | 346,476 | 1,3% | 413,966 | 406,872 | 1,2% | 421,143 | 414,974 | 1,1% | 423,189 | 419,470 | 1,4% |
![]() | 10,876 | 10,467 | 3,7% | 10,004 | 9,618 | 3,7% | 9,902 | 9,617 | 2,5% | 10,267 | 10.169 | 1,0% |
![]() | 32,331 | 24,931 | 20,4% | 37,881 | 27,785 | 25,2% | 27,767 | 21,208 | 21,1% | 39,445 | 28,748 | 25,2% |
![]() | 682,484 | 583,137 | 13,0% | 621,431 | 550,910 | 10,1% | 558,101 | 498,163 | 8,7% | 520,809 | 474,191 | 7,5% |
![]() | 164,591 | 146,526 | 9,5% | 196.082 | 182,062 | 5,7% | 188,737 | 177.022 | 4,9% | 185,557 | 163.568 | 4,6% |
![]() | 526,715 | 508,386 | 3,2% | 823,101 | 789,343 | 3,9% | 1.096.465 | 1.062.896 | 2,9% | 970,907 | 944,821 | 2,6% |
![]() | 266,516 | 221,009 | 16,6% | 263,502 | 223,243 | 14,9% | 204,596 | 176,985 | 13,1% | 192,220 | 168.183 | 12,2% |
![]() | 26,797 | 25,230 | 4,2% | 41.639 | 40,552 | 2,1% | 62,472 | 60,834 | 2,2% | 76,491 | 74,419 | 2,9% |
![]() | 26,403 | 20,171 | 10,0% | 29,257 | 23,491 | 8.5% | 25,876 | 21,153 | 6,7% | 26,895 | 21,940 | 6,8% |
![]() | 1.701.379 | 1,502,696 | 9,3% | 1,624,276 | 1,456,906 | 8,3% | 1,583,848 | 1.424.761 | 8,1% | 1,629,753 | 1,470,892 | 7,6% |
![]() | 253,292 | 207,643 | 11,7% | 248,347 | 211,219 | 9,9% | 227,005 | 193,258 | 9,8% | 192,852 | 166,131 | 10,0% |
![]() | 556,520 | 487,014 | 7,4% | 517,010 | 451,528 | 7,2% | 460.653 | 404,376 | 7,0% | 481,886 | 429,399 | 6,1% |
Total | 16,016,599 | 14,265,282 | 9,6% | 16,155,613 | 14,653,724 | 8,2% | 15,192,556 | 13,937,767 | 6,9% | 15,446,676 | 14,308,392 | 7,37% |
En 2017, la UE adoptó un reglamento para establecer un Sistema de Entrada / Salida (SES) para registrar electrónicamente la entrada y salida de nacionales de terceros países hacia y desde el Espacio Schengen en una base de datos central, reemplazando el sellado manual de pasaportes. Los objetivos son aumentar la automatización del control fronterizo e identificar a los que se quedan en exceso. A partir de marzo de 2020, se espera que EES entre en funcionamiento en el primer trimestre de 2022.
La UE también planea establecer un Programa de Viajero Registrado que permitiría a los viajeros preseleccionados un acceso más fácil.
El Sistema Europeo de Información y Autorización de Viajes (ETIAS) autoriza a los visitantes exentos de visa a ingresar a la Unión Europea o al Área Schengen más amplia, que incluye a los países de la AELC.
Irlanda, aunque un miembro de la UE, todavía participa en la zona de tránsito común dentro de la Islas Británicas y las Islas y no participará inicialmente en ETIAS, pero podría unirse en el futuro.
Se anticipa que la fecha de inicio de las exenciones de visa ETIAS será a fines de 2022, pero ETIAS no será obligatorio hasta 2023. Se planea un período de gracia de 6 meses para permitir que los viajeros elegibles se familiaricen con las nuevas regulaciones. Los visitantes potenciales deberán completar una solicitud en línea y las personas de entre 18 y 70 años deben pagar una tarifa de 7 €. Se espera que ETIAS procese la gran mayoría de las solicitudes automáticamente mediante la búsqueda en bases de datos electrónicas y luego proporcione una respuesta inmediata, pero en algunos casos casos limitados, puede tardar hasta 30 días.
La UE exige que todos los países y territorios del Anexo II proporcionen acceso sin visado durante 90 días a los nacionales de todos los estados Schengen y otros países de la UE que apliquen las normas comunes de visado (Bulgaria, Croacia, Chipre y Rumanía, pero no Irlanda). Si se determina que un país del Anexo II no ofrece reciprocidad total, la UE puede decidir suspender la exención de visado para determinadas categorías o, posteriormente, para todos los ciudadanos de ese país.
Desde la adopción de esta política, se ha logrado una reciprocidad total con todos los países del Anexo II, excepto Estados Unidos, que, a partir de septiembre de 2021, requiere visas de ciudadanos de Bulgaria, Chipre y Rumania. En noviembre de 2014, el gobierno búlgaro anunció que no ratificaría la Asociación Transatlántica de Comercio e Inversión a menos que Estados Unidos levantara los requisitos de visado para sus ciudadanos. Dado que Estados Unidos no eliminó los requisitos, el 3 de marzo de 2017 el Parlamento Europeo aprobó una resolución no vinculante en la que pedía a la Comisión Europea que revocara los viajes sin visado a los ciudadanos estadounidenses al Espacio Schengen.
Algunos países y territorios del Anexo II también imponen restricciones menores a los nacionales de los estados de la UE o Schengen que no se consideran una violación de la reciprocidad por parte de la UE. Australia, Canadá, Nueva Zelanda y Estados Unidos requieren una autorización electrónica antes de viajar por aire o mar, similar al ETIAS planificado por la UE. Canadá también exige una visa a los ciudadanos de Rumania que no tengan pasaportes electrónicos. Israel requiere una visa de los ciudadanos de Alemania nacidos antes de 1928, que se emite de forma gratuita si no estaban involucrados con el Partido Nazi. Montserrat requiere una visa electrónica de los ciudadanos de Croacia.
En general, los nacionales de terceros países que permanezcan más de 90 días en el espacio Schengen en su conjunto o en Bulgaria, Croacia, Chipre o Rumanía requieren un visado de larga duración por menos de un año o un permiso de residencia por períodos más largos.
Aunque las visas de larga duración emitidas por estos países tienen un diseño uniforme, los procedimientos y condiciones para su expedición suelen ser determinados por cada país individual. Por ejemplo, algunos países Schengen exigen que las solicitudes de visas de larga duración se realicen en el país de origen del solicitante, mientras que otros países Schengen las permiten después de la llegada. Algunos procedimientos también pueden variar según el país del solicitante. En algunas situaciones, como para el estudio, los procedimientos y las condiciones para las visas de larga duración se han armonizado entre todos los estados emisores. Cada país también es libre de establecer sus propias condiciones para los permisos de residencia.
Los nacionales de terceros países que sean residentes a largo plazo de un estado de la UE o Schengen (excepto Irlanda y Dinamarca) también pueden adquirir el derecho a trasladarse y establecerse en otro de estos estados sin perder su estatus legal y sus beneficios sociales. La norma de visado de Van Der Elst permite a los nacionales de terceros países empleados en el mercado único de la UE trabajar temporalmente en otro país del mercado único de la UE para el mismo empleador en determinadas condiciones.
Algunos nacionales de terceros países pueden permanecer en el espacio Schengen durante más de 90 días sin necesidad de solicitar un visado de larga duración. Por ejemplo, Francia no exige que los nacionales de los microestados europeos soliciten un visado de larga duración. Los nacionales de países (como Australia, Canadá, Malasia, Nueva Zelanda, Singapur y los Estados Unidos ) que habían celebrado acuerdos de exención de visado con estados individuales de Schengen antes de implementar el acuerdo de Schengen pueden permanecer hasta 90 días en cada uno de ellos. aquellos estados Schengen sin visado de larga duración (consulte la sección anterior "Normas para los nacionales del anexo II").
Además de los requisitos generales, los estados Schengen también establecen condiciones de entrada para los ciudadanos extranjeros de países fuera del mercado único de la UE denominados "importes de referencia necesarios para el cruce de la frontera exterior fijados por las autoridades nacionales" en relación con los medios de subsistencia durante su estancia.
Medios de subsistencia | |
---|---|
País | Monto de referencia |
Bélgica | 45 € por día para los extranjeros que se alojen con un particular; 95 € por día para extranjeros alojados en un hotel. |
Bulgaria | 50 € por día; mínimo 500 € por estancia |
Croacia | 100 € por día; pero 50 € para los extranjeros que posean una carta de garantía certificada, una prueba de los arreglos de viaje pagados, etc. |
República Checa | 40 € por día hasta 30 días |
Dinamarca | 350 DKK por día |
Estonia | 78 € por día o una carta de invitación |
Finlandia | 30 € por día |
Francia | 120 € por día si no tiene prueba de alojamiento; 65 € por día si se aloja en un hotel; 32,50 € por día si se dispone de un comprobante de alojamiento. |
Alemania | 45 € por día en efectivo, tarjetas de crédito y cheques, pero alternativamente una carta de garantía del anfitrión. |
Grecia | 50 € por día; importe mínimo total de 300 € para una estancia de hasta 5 días reducido en un 50% para menores |
Hungría | 1000 HUF por entrada o carta de invitación, confirmación de alojamiento o cualquier otra prueba creíble. |
Islandia | 4.000 ISK por día + 20.000 ISK por cada entrada |
Italia | Importe fijo de 269,60 € para estancias de hasta 5 días (212,81 € por persona para grupos de dos y más); 6-10 días: 44,93 € por día (26,33 €); 11-20 días: 51,64 € suma fija + 36,67 € por día (25,82 € + 22,21 €); 20+ días 206,58 € suma fija + 27,89 € por día (118,79 € + 17,04 €). |
Letonia | 14 € por día o carta de invitación certificada |
Liechtenstein | CHF 100 por día; CHF30 para estudiantes |
Lituania | 40 € por día |
Malta | 48 € por día |
Países Bajos | 34 € por día |
Noruega | 500 NOK por día (indicativo para quienes no se quedan con amigos o familiares) |
Polonia | 300 PLN para estancias no superiores a 3 días; 100 PLN por día por estancia superior a 3 días; 20 PLN por día si se pagó el costo de la estadía. |
Portugal | 40 € por día + 75 € por entrada |
Rumania | 50 € por día; mínimo 500 € por estancia |
Eslovaquia | 56 € por día (30 € de alojamiento, 4 € de desayuno, 7,5 € de almuerzo, 7,5 € de cena, 7 € de gasto) o una carta de invitación certificada |
Eslovenia | 70 €; 35 € menores acompañados de sus padres |
España | Importe mínimo 855,00 € (para estancias de hasta 9 días); 95,00 € por día en exceso de 9 días. |
Suecia | 450 SEK por día. La prueba necesaria es una copia de los extractos bancarios de tres meses o de la declaración de impuestos sobre la renta de dos años, si no hay un patrocinador oficial con prueba de ello. |
Suiza | CHF 100 por día; CHF30 para estudiantes |
Las autoridades de Austria, Chipre y Luxemburgo deciden caso por caso. Los Países Bajos eximen a los visitantes de Australia, Canadá, Japón, Nueva Zelanda, Corea del Sur, Estados Unidos y la Ciudad del Vaticano de tener prueba de fondos suficientes y boletos de regreso. Rumania requiere que los visitantes de Moldavia, Montenegro, Macedonia del Norte, Rusia, Serbia y Ucrania tengan un seguro médico que cubra el período de estadía. Rumania también exime a los visitantes de Australia, Canadá, Corea del Sur y los Estados Unidos de tener prueba de fondos suficientes y boletos de regreso. |
Irlanda tiene una política de visados independiente. Otorga entrada sin visado a todas las nacionalidades del Anexo II de Schengen, excepto Albania, Bosnia y Herzegovina, Colombia, Timor Oriental, Georgia, Islas Marshall, Mauricio, Micronesia, Moldavia, Montenegro, Macedonia del Norte, Palau, Perú, Serbia, Ucrania y Venezuela. También otorga entrada sin visa a varios países adicionales: Belice, Bolivia, Botswana, Eswatini, Fiji, Guyana, Lesotho, Maldivas, Nauru y Sudáfrica. Los visados para Irlanda y para el espacio Schengen no son válidos entre sí. Irlanda forma parte de la Zona Común de Viajes y mantiene la libertad de circulación con el Reino Unido, además de con los países de la UE y Schengen.
El territorio británico de ultramar de Akrotiri y Dhekelia tiene fronteras abiertas con Chipre y sigue la política de visados del Espacio Schengen, pero requiere permisos para estancias superiores a 28 días por período de 12 meses. Estas reglas no se vieron afectadas por el Brexit.
Francia en el extranjero y la parte caribeña del Reino de los Países Bajos tienen políticas de visas individuales que en su mayoría están alineadas con el Espacio Schengen, con algunas excepciones y adiciones.
Las Islas Feroe y Groenlandia tienen la misma lista de nacionalidades exentas de visado que el espacio Schengen, y las llegadas desde el espacio Schengen no están sujetas a controles fronterizos. Sin embargo, las visas Schengen no son válidas allí, por lo que las nacionalidades que no están exentas necesitan visas separadas para estos territorios. Estas regulaciones se deben a un acuerdo especial bajo la Unión de Pasaportes Nórdicos.
Svalbard es una zona completamente libre de visados. Los viajeros hacia y desde Svalbard deben presentar un pasaporte o una tarjeta de identificación nacional. Los viajeros que necesitan una visa para el área Schengen deben tener dicha visa si viajan a Svalbard a través de Noruega continental, y esta debe ser una visa de doble entrada si también regresan de Svalbard a través de Noruega continental.
Los países que solicitan unirse a la Unión Europea están obligados a adoptar la política de visados de la UE a más tardar tres meses antes de unirse formalmente a la Unión. Los países Schengen brindan acceso sin visa a los ciudadanos de todos los países candidatos y candidatos a la Unión Europea, excepto Turquía. Los estados candidatos Albania, Montenegro, Macedonia del Norte y Serbia mantienen políticas de visas similares a las del Espacio Schengen con algunas excepciones notables con respecto a países que se agregaron al Anexo II más recientemente y nacionalidades adicionales que no figuran en el Anexo II de Schengen, mientras que Turquía aún requiere visas de los nacionales. de Chipre. Bosnia y Herzegovina, como país solicitante, también tiene su política de visados en su mayoría alineada con el espacio Schengen.
Las visas Schengen que son válidas para viajes posteriores se aceptan como visas sustitutivas de las visas nacionales en varios otros países.
Validez de las visas Schengen para otros países |
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